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XXXVII Congreso Nacional de la Sociedad Española de Medicina Interna (SEMI) y XII Congreso de la Sociedad de Medicina Interna de Aragón, Navarra, La Rioja y País Vasco (SOMIVRAN)
Zaragoza, 23 - 25 noviembre 2016
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V-298 - EL SÍNDROME CONSTITUCIONAL COMO MOTIVO DE CONSULTA EN UNA UNIDAD DE DIAGNÓSTICO RÁPIDO

M. Mateos Andrés, S. Muñoz Alonso, L. Mustapha Abadie, L. Fuentes Pardo, G. Hernández Pérez, M. Chimeno Viñas, P. García Carbó, S. Gracia Tejera

Medicina Interna. Complejo Asistencial de Zamora. Zamora.

Objetivos:El objetivo de nuestro estudio es analizar las consultas recibidas por la UDR del Complejo Asistencial de Zamora (CAZA) desde su puesta en funcionamiento hasta la actualidad en las que el motivo de consulta fue “síndrome constitucional” o “síndrome general” o “síndrome de astenia-anorexia-caquexia”.

Material y métodos:Revisamos los informes de alta de los pacientes que fueron atendidos en la UDR del CAZA desde enero de 2012 hasta abril de 2016. Analizamos el número de pacientes estudiados por este motivo, el servicio de procedencia, sus características clínicas y demográficas, si cumplían los criterios definitorios del síndrome o bien se trataba de un síndrome constitucional incompleto.

Resultados:Un total de 1.034 pacientes fueron estudiados en la consulta de la UDR del CAZA en este periodo. De ellos, 506 pacientes (el 48,94%) fueron remitidos por síndrome constitucional o por presentar alguno de los síntomas que lo componen. 244 pacientes (23,6%) cumplían todos los criterios definitorios (S.C. completo) y 262 pacientes (25,34%) presentaban sólo uno de los síntomas o la combinación de dos. Los pacientes con S.C. completo, 110 varones y 134 mujeres tenían edades comprendidas entre los 17 y los 92 años con una media de edad de 64,32 años. La mayoría de las solicitudes de consulta llegaron del servicio de Urgencias hospitalarias: el 59%; el 28% de Atención Primaria y el 13% de otros servicios. En el 30,33% de estos pacientes se halló como causa responsable del S.C. una neoplasia, en el 48,365 una causa orgánica no neoplásica, fundamentalmente gastrointestinal y en el 14,34% una causa psiquiátrica.

Discusión:Las unidades de diagnóstico rápido surgen como modelo asistencial dirigido al estudio ambulatorio de pacientes con sospecha de enfermedad grave con la misma eficacia y una mayor eficiencia que el ingreso hospitalario. Uno de los motivos más frecuentes de consulta en estas unidades es el síndrome constitucional. Los criterios definitorios del síndrome son astenia, anorexia o hiporexia y pérdida involuntaria y significativa de peso (S.C. completo), pero otras veces los pacientes presentan estas manifestaciones por separado o la combinación de dos de ellas. Cuando son el único motivo de consulta sin que el paciente refiera otros datos orientadores hablaremos de S.C. solitario, que supone en ocasiones un reto diagnóstico.

Conclusiones:El síndrome constitucional es un motivo de consulta muy frecuente en las UDR, en nuestro estudio casi la mitad de los pacientes. El servicio que más derivó pacientes a la UDR por este motivo fue Urgencias hospitalarias. Un gran porcentaje de pacientes con síndrome constitucional completo (30,33%) tenían una neoplasia.

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