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XXXIX Congreso Nacional de la Sociedad Española de Medicina Interna (SEMI) / XXXIII Congreso de la Sociedad Castellanoleonesa-Cántabra de Medicina Interna (SOCALMI)
Burgos, 21 - 23 noviembre 2018
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V-050 - PARADA CARDIORESPIRATORIA Y DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS EN PACIENTE DE UNA UCI COMARCAL

M. Álvarez Ospina1, J. Béjar Valera2, V. Martínez Pagan2, M. Ruiz Campuzano2, A. Peláez Ballesta2, M. Esteban Garrido2, M. Guirado Torrecillas2 y A. Lancheros Pineda2

1UCI. Hospital General Universitario Santa Lucía. Cartagena (Murcia). 2Medicina Interna. Hospital Rafael Méndez. Lorca (Murcia).

Objetivos: Valorar la disponibilidad del documento de voluntades anticipadas (DVA) en los pacientes ingresados tras sufrir una parada cardiorespiratoria en la unidad de cuidados intensivos (UCI) de nuestro hospital.

Material y métodos: Se valoraron los sujetos que tras presentar una parada cardio respiratoria, independiente del tiempo de reanimación, ingresaron en la UCI del Hospital Rafael Méndez entre enero y abril del 2018, para determinar la sobrevida, las secuelas neurológicas y cuantos disponían del DVA. Se revisó la base de datos de voluntades anticipadas de la región de Murcia.

Resultados: En total ingresaron 112 pacientes en el periodo de tiempo estudiado, de los cuales, 11 pacientes (9,82%) fueron admitidos en la UCI tras sufrir una parada cardiorespiratoria, 2 pacientes (18,1%) tenían antecedentes de enfermedad neoplásica. De los11 pacientes que sufrieron una parada cardiorespiratoria, 3 (27,2%) fallecieron finalmente, 6 pacientes (54,5%) sobrevivieron con secuelas neurológicas y gran discapacidad y 2 (18,1%) no tuvieron discapacidad significativa. De la totalidad de los pacientes ninguno aparecía en el registro de voluntades anticipadas de la región de Murcia con DVA vigente.

Discusión: Con el avance de la tecnología médica se ha logrado extender la esperanza de vida, pero no siempre estos años de vida se acompañan de calidad, es por esto que ante el temor de la sociedad al dolor y sufrimiento al final de la vida, se creó el DVA para que un individuo pueda expresar su deseo de que no se realice medidas extraordinarias en caso de que por su condición médica no pueda dar su consentimiento. A pesar de esto en nuestra población estudio la realización de dicho documento es poco frecuente.

Conclusiones: Un gran porcentaje de pacientes que sobreviven a una parada cardiorespiratoria quedarán con algún grado de discapacidad y dependencia. En pacientes crónicos u oncológicos el DVA podría ser fundamental para evitar el inicio de medidas de reanimación si el paciente en libre ejercicio de su autonomía lo hubiese deseado.

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